El discurso de odio exige preguntar qué expresión se examina, a quién afecta y qué respuesta se propone. MEE defiende proteger a las personas y exigir precisión a cualquier restricción. Comparar marcos jurídicos ayuda a entender el problema, siempre que mantengamos sus jurisdicciones y no convirtamos una etiqueta en una sentencia automática.
| Tema | Libertad de Expresión |
|---|---|
| Nivel | Fundamentos |
| Pregunta | ¿Dónde situar un límite y quién debe justificarlo? |
| Estados Unidos | Brandenburg y la incitación a acción ilegal |
| Consejo de Europa | Artículo 10 y protección de otros derechos |
| Contexto | Contenido, alcance, destinatarios y consecuencias |
| Objeción | La tolerancia puede convivir con desigualdades de poder |
| Límite | No existe aquí una respuesta jurídica universal |
| Práctica MEE | Describir conducta, fundamento y garantías |
Discurso de odio: empezar por el caso concreto
Una persona puede usar esa expresión para describir un insulto, una campaña de hostigamiento o un llamamiento a atacar a un grupo. MEE propone mostrar las palabras y el contexto pertinentes sin repetir innecesariamente mensajes dañinos. Antes de pedir una sanción, hace falta aclarar qué conducta se está atribuyendo y bajo qué marco se examina.
No toda valoración moral equivale a una calificación jurídica. Considerar despreciable un mensaje no determina por sí solo qué respuesta permite la ley. Tampoco agotar una discusión legal resuelve qué normas debería tener una comunidad. MEE distingue esos planos para que la objeción y la respuesta sean comprensibles.
Ejemplo hipotético 1. En una reunión se formula una crítica severa a una política migratoria. Otro participante la confunde con una llamada a agredir personas. MEE propone examinar la intervención real antes de atribuir esa intención. El ejemplo no declara inocente cualquier mensaje sobre migración: muestra por qué las palabras y el contexto no pueden darse por supuestos.

El criterio de Brandenburg v. Ohio, Estados Unidos,1969
En Brandenburg v. Ohio, el Tribunal Supremo anuló la condena de un dirigente del Ku Klux Klan bajo una norma de sindicalismo criminal. Diferenció la defensa abstracta de ideas de la incitación dirigida a producir una acción ilegal inminente y que resulte probable que la produzca.
El criterio obliga a examinar dirección de la incitación, inminencia y probabilidad. No basta resumirlo como «las palabras ofensivas pueden prohibirse» ni como «solo importa que alguien se sienta molesto». Es una decisión del sistema estadounidense sobre incitación, no una definición universal de todas las expresiones que pueden generar responsabilidad.
Entender ese límite no significa respaldar las ideas del participante del caso. MEE propone separar el rechazo de un mensaje de la justificación de una sanción. Una defensa de garantías tiene que poder aplicarse también cuando el contenido nos resulta profundamente contrario a nuestros valores.
El enfoque del Convenio Europeo
El artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos protege la expresión y contempla restricciones previstas por la ley y necesarias en una sociedad democrática para fines identificados. Es el marco del Consejo de Europa. No debe confundirse con una norma única de la Unión Europea ni con todas las leyes nacionales de sus participantes.
Una síntesis de la Secretaría del TEDH actualizada en febrero de 2026 examina protección frente al discurso de odio bajo otros artículos del Convenio. Explica la relevancia del contenido, contexto, alcance y afectación a personas o grupos, así como la ponderación con la expresión. La propia síntesis advierte que no vincula al Tribunal.
El documento también diferencia respuestas civiles y penales según el caso y presenta la sanción penal como último recurso. MEE propone conservar ese análisis contextual en vez de trasladar automáticamente el test estadounidense. Comparar dos marcos no consiste en elegir una frase que parezca permitir o prohibir cualquier intervención.

El riesgo de las definiciones vagas
Una regla que solo prohíbe «lo inaceptable» deja sin explicar quién decide y con qué criterio. MEE propone preguntas más precisas: qué conducta se describe, qué derecho se busca proteger, qué evidencia existe y qué revisión puede pedir la persona afectada. La claridad también ayuda a quien necesita protección a formular su reclamación.
Ejemplo hipotético 2. Un grupo recibe mensajes reiterados que amenazan a sus integrantes y exige una respuesta. La administración de la comunidad reúne los avisos, identifica el contenido y aplica una regla publicada, con una vía de revisión. El escenario ilustra una pauta de actuación; no acredita que esa respuesta baste jurídicamente ni que cualquier conflicto deba resolverse del mismo modo.
El mejor argumento en contra: Marcuse y la protección de minorías
En Repressive Tolerance, Marcuse sostiene que una tolerancia aparentemente neutral puede reforzar relaciones desiguales y neutralizar a quienes carecen de poder. Esa objeción cuestiona si conceder el mismo permiso formal basta para que todas las personas puedan participar en condiciones reales de libertad.
Su propuesta tiene un alcance partidista explícito: plantea intolerancia hacia movimientos de derecha y tolerancia hacia los de izquierda, también en el terreno de la discusión. MEE reconoce la preocupación por la dominación y discrepa de usar esa selección como regla general. Hay que examinar quién tendría el poder de clasificar y qué impediría emplearlo contra una minoría diferente.
La objeción merece una respuesta práctica: facilitar participación, atender amenazas documentadas y exigir que las reglas puedan entenderse y revisarse. Son criterios que MEE defiende; no se presentan como una descripción de la tesis completa de Marcuse ni como una solución que elimine todos los conflictos.
La lectura de MEE: protección y garantías examinables
MEE propone defender la posibilidad de disentir y tomar en serio el daño que puede impedir participar a otras personas. Antes de clasificar un mensaje, identifica jurisdicción, conducta y contexto. Antes de aceptar una medida, pide su fundamento, alcance y garantías. Un juicio individual necesita documentos y análisis competente; esta entrada ofrece un marco educativo para empezar a preguntar.
Preguntas frecuentes
¿Brandenburg establece la misma regla para todos los países?
Es una decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos sobre la distinción entre defensa abstracta e incitación a una acción ilegal inminente y probable. No puede trasladarse automáticamente a otra jurisdicción. MEE propone identificar el marco aplicable y las circunstancias antes de valorar un caso. Tampoco resume todas las categorías del derecho estadounidense sobre expresión.
¿Todo mensaje ofensivo constituye discurso sancionable?
Una valoración negativa del mensaje no resuelve por sí sola su calificación jurídica. Importan el marco aplicable, el contenido y el contexto, entre otros elementos pertinentes. MEE propone explicar la conducta atribuida y la medida solicitada. Esa precisión permite examinar tanto la protección de las personas afectadas como las garantías de quien recibe una acusación.
¿Defender garantías deja sin protección a una minoría?
MEE defiende atender amenazas y daños documentados mediante respuestas justificadas y examinables. Las garantías permiten preguntar qué ocurrió, qué fundamento tiene una decisión y cómo se puede revisar. No exigen ignorar la desigualdad o negar ayuda. La cuestión práctica es proteger la participación de las personas sin convertir una etiqueta imprecisa en una prohibición general del desacuerdo.
Para seguir aprendiendo
- Expresión y protección de quien tiene menos poder
- Distinguir censura, moderación y crítica
- Cómo medir la libertad de expresión
- Examinar los decretos cubanos
- Libertad de Expresión
Fuentes y alcance
Consulta: 30/10/2026. Ejemplos hipotéticos e ilustraciones conceptuales. Datos e investigaciones conservan periodo y método; las interpretaciones de MEE se identifican como tales.
- Tribunal Supremo de Estados Unidos, Brandenburg v. Ohio,395 U.S.444,9/6/1969. Consultado el 30/10/2026.
- Consejo de Europa, Convenio Europeo de Derechos Humanos, artículo 10. Consultado el 30/10/2026.
- Secretaría del TEDH, Key theme, Articles 8,13 and 14, Protection against hate speech,28/2/2026. Consultado el 30/10/2026.
- Herbert Marcuse, Repressive Tolerance,1965, reproducción de edición 1969 con posdata 1968. Consultado el 30/10/2026.





